En varios post de Cus·Cus os informamos sobre pautas para seguir una alimentación saludable, ya sea por conocimientos y experiencia propia, o por recomendaciones de dietistas y nutricionistas, que seguimos y nos parecen muy coherentes sus aportaciones.
Y como habréis leído mil veces, se nos aconseja que leamos las etiquetas de los alimentos, que sepamos lo que compramos y por consiguiente, consumimos.
A lo largo de este y sucesivos post, iremos abarcando algunas de las menciones que aparecen en el etiquetado e intentaremos resolver dudas sobre las mismas.
Concretamente, en éste, nos vamos a centrar en la fecha de consumo preferente y la fecha de caducidad. La normativa nos define la fecha de duración mínima como:
Fecha hasta la que el alimento conserva sus propiedades específicas cuando se almacena correctamente
La fecha de consumo preferente indica la fecha hasta la cual el alimento conserva la calidad prevista. Esto quiere decir que pasada dicha fecha, la calidad del alimento ha podido verse reducida (olor, sabor, etc.) pero sin que ello suponga un riesgo para la salud.
Por su parte, la fecha de caducidad indica el momento hasta el cual el alimento puede consumirse de forma segura desde el punto de vista sanitario.
Entonces… ¿cuándo se usa una u otra?
La fecha de caducidad se utiliza en alimentos muy perecederos, como el pescado y la carne fresca. Por su parte, la fecha de consumo preferente se utiliza en alimentos más duraderos como congelados, esterilizados (latas de conserva, leche), desecados (pasta, arroz, legumbres…), purés, quesos, encurtidos, aceite de oliva…
Por otra parte, la legislación no especifica la duración mínima para cada tipo de alimento, sino que han de establecerla los propios fabricantes en función de las características del alimento, ya sea por su naturaleza en sí como del tratamiento al que haya sido sometido (pasteurización, esterilización, ultracongelación, deshidratación…).
Aunque la mayoría de los alimentos con fecha de consumo preferente siguen siendo seguros una vez pasada la fecha indicada, antes de consumirlos, hay que asegurarse que hayamos respetado las condiciones de conservación, que tengan buen aspecto y que huelen y saben bien. Además nos fijaremos que el envase no esté dañado por golpes o muestre abombamientos. Estos últimos son señal de reacciones indeseadas en el producto, por lo que puede que ya no sea seguro. Por tanto, desechémoslo y no lo consumamos.
¿Y cómo se indican estas fechas en la etiqueta?
1. En el caso de la fecha de consumo preferente:
- «Consumir preferentemente antes del...» cuando la fecha incluya la indicación del día.
- «Consumir preferentemente antes del fin de…» en los demás casos.
Estas menciones irán acompañadas de la propia fecha o de una referencia al lugar donde encontrarlo en la etiqueta. Además, si fuera preciso, estas indicaciones se completarán con la referencia a las condiciones de conservación para asegurar la duración indicada.
Cuando abramos un envase, respetaremos las instrucciones dadas por el fabricante en cuanto a su conservación y tiempo máximo de consumo.
La fecha se indicará de la siguiente manera:
- Si la duración es inferior a 3 meses, basta con indicar el día y el mes.
- Si la duración es superior a 3 meses pero menos de 18 meses, basta con indicar el mes y el año.
- Si la duración es superior a 18 meses, basta con indicar el año.
Hay alimentos en los que no se requiere la indicación de la fecha de duración mínima:
- Frutas y hortalizas frescas que no hayan sido peladas, cortadas o sometidas a otro tratamiento similar.
- Vinos, licores y productos similares obtenidos a partir de frutas distintas de la uva.
- Bebidas con una graduación de un 10% o más en volumen de alcohol.
- Productos de panadería o repostería que, por su naturaleza, se consumen normalmente en un plazo de 24 horas posteriores a su fabricación.
- Vinagres, sal de cocina, azúcares en estado sólido, productos de confitería consistentes casi exclusivamente en azúcares aromatizados o coloreados, gomas de mascar o productos similares de mascar.
2. En el caso de la fecha de caducidad se indicará:
- «Fecha de caducidad«, seguida de la propia fecha o de una referencia al lugar donde podemos encontrarla en la etiqueta. Además, se indicará una descripción con las condiciones de conservación que habrán de respetarse.
- La fecha se indicará en este orden: día, mes y, eventualmente, año. Además se indicará en cada porción individual del envase.
- No consumiremos ningún alimento pasada su fecha de caducidad.
- Seguiremos rigurosamente las instrucciones de conservación y consumo. Si nos dice: «Una vez abierto, consumir en tres días«, ese será el plazo para consumirlo pero siempre que sea antes de la fecha de caducidad. Si lo abrimos un día antes de que caduque, ya no tendremos 3 días para consumirlo.
Como resumen: importante fijarnos si el marcado de fechas viene precedido de fecha de consumo preferente o fecha de caducidad, si tiene instrucciones de conservación y tiempo máximo de consumo.